Aro salvavidas

En este post vamos a hablar de los equipos de seguridad que se deben llevar a bordo según la categoría de diseño y las zonas de navegación. Quédate para saber más.

Los equipos de seguridad y  salvamento que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo vienen determinados por la zona de navegación que tenga asignada la embarcación de recreo.

Categorías de diseño

Dicha asignación de zona se hace según su categoría de diseño, la cual se determina al construir el barco. Existen cuatro categorías de diseño:

La primera de ellas sería la categoría A, también denominada categoría oceánica. Esta categoría contempla las embarcaciones que pueden soportar más de un nivel 8 de viento en la escala Beaufort y 4 metros de olas.

La segunda categoría sería la B, la de alta mar. Dicha categoría integra a las embarcaciones que pueden soportar hasta un nivel 8 de viento en la escala Beaufort y 4 metros de olas incluidos.

La categoría C es la más amplia en cuanto a número de embarcaciones se refiere. Va dirigida a las embarcaciones que hacen sus travesías por aguas costeras. Embarcaciones que pueden soportar hasta un nivel de 6 de viento en la escala Beaufort y 2 metros de olas incluidos.

La categoría D concierne a las embarcaciones que van navegar por aguas protegidas. Se trata de embarcaciones que  pueden aguantar hasta un nivel 4 de viento en la escala Beaufort y 0,5 metros de olas incluidos.

La forma más fácil de saber a qué categoría pertenece diseño de una embarcación es mirar la placa de constructor. En ella también deben aparecer los siguientes datos:

  • El nombre del constructor.
  • La categoría de diseño (A, B, C o D).
  • El número máximo de personas.
  • La carga máxima.
tabla categoria

Zonas de navegación

Una vez definidas las categorías de diseño, vamos a ver qué tipos de zonas hay:

  • Zona 1: Zona de navegación ilimitada. Es la zona en la que se puede navegar teniendo el título de Capitán de Yate y también con el de Patrón de Yate.
  • Zona 2: Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas. En esta zona se puede navegar sin limitación con los títulos de Capitán y Patrón de yate.
  • Zona 3: Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 25 millas. También con los títulos de Capitán y Patrón de yate.
  • Zona 4: Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas. Con los títulos anteriores además del de Patrón de embarcaciones de recreo (Per).
  • Zona 5: Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o plaza accesible. Con los títulos mencionados anteriormente y el de Patrón para navegación básica (Pnb).
  • Zona 6: Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o plaza accesible.Con todos los títulos anteriores además de la Licencia de navegación. También se puede navegar sin titulación siempre que la embarcación no supere los 5 metros y 15 caballos de potencia siendo de motor o 6 metros de eslora si es de vela.
  • Zona 7: Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. Con todos los títulos nombrados y sin titulación con las condiciones del apartado anterior.
zonas

Relación entre categoría y zona

Bien, ahora que ya tenemos definidas la categoría de diseño y las zonas de navegación, vamos a ver qué relación tienen:

  • Las embarcaciones de categoría de diseño tipo A (Oceánicas) pueden navegar en cualquier zona, de la 1 a la 7.
  • Las embarcaciones de categoría de diseño tipo B (en alta mar) pueden navegar por todas las zonas menos por la 1.
  • Las embarcaciones de categoría de diseño tipo C (en aguas costeras) pueden navegar en las zonas: 4,5,6 y 7.
  • Las embarcaciones de categoría de diseño tipo D (en aguas protegidas) solamente pueden navegar en la zona 7.

Equipos de seguridad

Por último, es importante recalcar que ningún tipo de embarcación puede cambiar de categoría de diseño. No todas las embarcaciones están preparadas para navegar en cualquier tipo de agua. Sin embargo, una embarcación puede cambiar de lista de navegación siempre y cuando dicha lista se encuentre dentro de la categoría de diseño. Para ello, se tienen que modificar el equipo de seguridad a bordo. Siendo el de la zona 1 el más completo de todos.

Todos los elementos de seguridad y salvamento tienen que estar localizados, señalizados y en un lugar accesible, además de estar homologados.

¿Qué equipo de seguridad debo llevar a bordo?

Balsas salvavidas

Todas las embarcaciones que naveguen dentro de las Zonas de Navegación 1, 2 y 3, deberán llevar una o varias balsas salvavidas para el total de las personas permitidas a bordo. Las balsas serán revisadas anualmente.

Chalecos salvavidas

Chalecos salvavidas. Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada, más un 10% del total. Las que naveguen en las Zonas 2 a 7 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada. Se proveerán chalecos salvavidas para el 100% de niños a bordo.

Aros salvavidas

Aros salvavidas. Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán un mínimo de dos aros salvavidas, uno de los cuales llevará luz y rabiza. Las embarcaciones que naveguen en las Zonas 2 a 4 llevarán un aro con luz y rabiza.

Bengalas

Toda embarcación de recreo deberá disponer de señales pirotécnicas de socorro como bengalas de mano, y dependiendo de la zona de navegación, tendrán que incluir cohetes con luz roja, paracaídas y señales flumígenas flotantes.

Accesorios de salvamento

También deberán incluir, atendiendo a la zona de navegación, material naútico como prismáticos, linterna estanca, bocina de niebla, espejo de señales, código de señales; y material de armamento diverso como un inflador y un juego de reparación de pinchazos, un bichero, o un botiquín, entre otros.

Extintores

Por otra parte, las embarcaciones de recreo, incluso aquellas dotadas de otros sistemas de extinción, deberán llevar extintores portátiles en la cantidad y del tipo que se especifica en la Orden. Los extintores deberán instalarse en puntos de fácil acceso y alejados en lo posible de cualquier fuente posible de incendio. Cuando la embarcación lleve instalación eléctrica de más de 50 voltios, uno de los extintores debe ser adecuado para fuegos de origen eléctrico. El extintor contendrá al menos de 2 kilogramos de producto extintor (polvo seco, o cantidad equivalente de otro producto extintor). Las embarcaciones con motores que utilicen combustible clasificado del grupo 1 , de acuerdo con el artículo 19 ( Combustibles líquidos cuyo punto de inflamación sea inferior a 55 grados), deberán estar provistas de una instalación fija de extinción en el compartimento del motor, que evite abrir el compartimento en caso de incendio.

Detector de gas

Además, sin perjuicio del equipo de detección de incendios o de gases adecuado al riesgo de incendio, que deba llevar cada embarcación, las embarcaciones que tengan instalaciones de gas combustible, total o parcialmente en el interior del casco, deberán llevar un detector de gas.

Más…

Esto es, a grandes rasgos, todo el equipo de salvamento y emergencias que debe contener toda embarcación de recreo. Medios que pueden salvarte de cualquier accidente y no arruinar tus vacaciones soñadas.

En este enlace podréis ver que equipo es necesario en cada zona. Clic aquí.

Que esta guía os sirva de ayuda.

ZONAS Y CATEGORIAS

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