La Normativa de remolques para barcos genera muchas preguntas a los navegantes. Por eso, desde Semirrígidas Online os traemos este artículo donde os contaremos qué necesitáis saber para circular con un remolque náutico.
Datos básicos de la Normativa de remolques para barcos
Para comenzar, debemos tener en cuenta un aspecto muy importante y es la MMA (masa máxima autorizada) ya que será determinante para saber que debemos llevar en nuestro remolque.
Remolques para barcos de hasta 750 kg de MMA.
Estos remolques tienen como masa máxima autorizada 750 kilos. Deben llevar:
- Ficha técnica.
- Seguro (suplemento en el seguro del vehículo que transporta el remolque).
- No necesitan pasar la ITV.
Remolques de más de 750 kg de MMA.
Estos remolques náuticos pueden llevar más de 750 kilos de masa máxima autorizada. Además, deben llevar:
- Matrícula roja.
- Ficha técnica (como la que llevan los coches).
- El permiso de circulación.
- En este caso, debe llevar un seguro distinto al del coche.
- Además, necesita pasar la ITV.
Preguntas más comunes de sobre la Normativa de remolques para barcos
¿Cuándo tengo que matricular un remolque (matrícula roja)?
Estamos seguros de que te has hecho esta pregunta millones de veces. En este caso, se tiene en cuenta los kilos de masa máxima autorizada. Si la MMA supera los 750 kg es cuando tendrás que matricular tu remolque.
¿Tengo que contratar un seguro para mi remolque?
Como en la respuesta de la pregunta anterior, dependerá de la masa máxima autorizada.
Por un lado, tenemos los remolques de menos de 750 kg. En este caso no necesitarás hacerle un seguro, pero sí que tienes que notificar a tu compañía aseguradora que debe incluir el arrastre del remolque y el enganche. Es posible que tengas que pagar un pequeño suplemento en tu seguro por el remolque.
Por otro lado, en el caso de remolques de más de 750 kg de MMA, sí tienes que hacer un seguro totalmente independiente al de tu coche.
¿Qué tramites legales tienes que hacer con tu remolque náutico?
En este caso, el fabricante del remolque es el que tiene la obligación de entregar los documentos del remolque legalizado y homologado.
En el caso de ser un remolque para embarcaciones inferior a 750 kg de masa máxima autorizada no es necesario que presentes la documentación en tráfico. De hecho, tampoco es necesario llevar el triángulo amarillo y azul en el vehículo.
Cuando la MMA del remolque es superior a 750 kg sí hay que matricularlo en tráfico y ponerle la matrícula roja. Para matricularla, tienes que presentar los documentos del remolque, factura de compra y el D.N.I. o N.I.F.
Accesorios que debe llevar tu remolque obligatoriamente
El remolque debe contar con las luces de frenado, luces de matrícula, luz delantera solo cuando el remolque es más de 1,60 m. de anchura), luz antiniebla trasera, catadióptricos, luces indicadoras de dirección de señal de emergencia, luz de gálido (solo para remolques que tienen más de 2,10 metros de anchura.
Placa V-20. Esta placa debes llevarla siempre que la carga sobresalga de las dimensiones del vehículo. Además, en este tipo de casos es obligatoria llevarla.
Otros elementos que debe llevar tu remolque
Elegir un buen cabrestante es muy importante para subir con facilidad la embarcación. En este caso, puedes utilizar cabrestantes manuales o eléctricos.
Además, cuentas con una gran gama de accesorios para tu remolque náutico: correas de amarre, cabezales enganche para remolques, soportes para matrículas, etc.